Sociedades comerciales en CABA

¿Cómo se hace un aumento de capital social en una sociedad?

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Respuesta especializadaaumento de capital social

En pocas palabras

Aumento de capital social: en breve

Un aumento de capital social suma nuevos aportes de los socios actuales o incorpora nuevos socios, ampliando el capital que figura en el estatuto o contrato. En términos generales, requiere la decisión del órgano competente (asamblea en la sociedad anónima, reunión de socios en la SRL) con las mayorías que fijan el tipo societario y el instrumento vigente. Según el caso puede necesitar instrumentación por escritura pública y, para su oponibilidad frente a terceros, inscripción en la Inspección General de Justicia (IGJ) cuando la sociedad tiene sede en CABA. Suele estar en juego el derecho de suscripción preferente de los socios y conviene distinguir el aumento dentro del quíntuplo, si el estatuto lo prevé, de otros supuestos. Es una modificación societaria: el alcance y los pasos concretos se confirman tras revisar el acto, la redacción vigente y el estado documental. Los plazos pueden variar según la operatoria registral.

Qué es un aumento de capital social

El aumento de capital social es la decisión de ampliar el capital que la sociedad tiene declarado en su estatuto o contrato. Puede responder a la necesidad de nuevos fondos, a la incorporación de bienes o al ingreso de nuevos integrantes, y siempre implica revisar la participación de cada socio.

Al modificar una cláusula central del instrumento social, se trata de una modificación societaria. Por eso, más allá de la mecánica general, el detalle depende del tipo de sociedad y de la redacción vigente del estatuto o contrato.

  • Aportes adicionales de los socios existentes
  • Ingreso de nuevos socios que suscriben capital
  • Capitalización de ciertos rubros, según el caso y la documentación contable

Decisión del órgano competente y mayorías

El aumento se resuelve en el órgano que corresponde a cada tipo: la asamblea de accionistas en la sociedad anónima y la reunión de socios en la SRL. Las mayorías necesarias surgen de la Ley General de Sociedades 19.550 y de lo que prevea el propio estatuto o contrato, que puede exigir condiciones específicas.

Conviene revisar con cuidado la cláusula de capital y las reglas de convocatoria y quórum antes de sesionar, para que la decisión quede válidamente adoptada y documentada.

  • Sociedad anónima: resolución de asamblea, en general con acta y formalidades propias del tipo
  • SRL: reunión de socios con las mayorías del contrato y de la ley
  • Verificar si el estatuto prevé el aumento dentro del quíntuplo u otros supuestos

Derecho de suscripción preferente

En muchos casos, los socios tienen derecho de suscripción preferente: la posibilidad de suscribir el nuevo capital en proporción a su participación, antes que terceros, para no ver diluida su posición. El alcance y la forma de ejercerlo dependen del tipo societario y de lo pactado.

Es un aspecto sensible cuando ingresan nuevos socios o cuando no todos los socios acompañan el aumento, por lo que conviene preverlo con anticipación en la convocatoria.

Integración de los aportes y valuación

El nuevo capital puede integrarse con dinero o con bienes. Cuando se aportan bienes, aparece la cuestión de la valuación y de la documentación que la respalde, además de los recaudos contables que acompañan la operación.

Revisar la forma de integración, los plazos y los soportes contables es parte del análisis previo, porque incide tanto en la instrumentación como en la posterior inscripción.

  • Aportes en dinero, con acreditación de la integración según corresponda
  • Aportes en bienes, con criterio de valuación y respaldo documental
  • Estados contables y documentación de soporte del acto

Inscripción en la IGJ y oponibilidad

Para que el aumento sea oponible frente a terceros, en las sociedades con sede en CABA suele requerirse su inscripción ante la Inspección General de Justicia (IGJ). Según el tipo societario y el acto, puede ser necesaria la instrumentación por escritura pública antes de presentar la documentación.

La IGJ avanzó en la digitalización de trámites (por ejemplo, la RG 5/2026 y el Sistema S.O.D.A., con entrega digital progresiva de documentación), lo que puede incidir en la forma de presentar y recibir los instrumentos. Los tiempos pueden variar según el acto, la documentación y la operatoria registral vigente.

Ejemplo hipotético

Una SRL con sede en CABA necesita fondos para ampliar su actividad y dos de sus tres socios están dispuestos a aportar dinero adicional. El estudio revisa el contrato social para confirmar las mayorías, el eventual aumento dentro de un tope previsto y cómo se contempla la suscripción preferente del tercer socio.

Tras convocar la reunión de socios y documentar la decisión, se ordena la integración de los aportes y la documentación contable, y se prepara la presentación para la inscripción ante la IGJ. Es un caso ilustrativo: en la práctica, el alcance y los plazos se confirman recién después de revisar el contrato vigente y el estado documental.

Conclusión y próximo paso

Un aumento de capital social ordena mejor la estructura de la sociedad, pero su tramitación concreta depende del tipo societario, de la redacción vigente del estatuto o contrato y del estado de la documentación contable. Antes de convocar el órgano o firmar instrumentos conviene revisar el caso en detalle: mayorías aplicables, forma de integración de los aportes y requisitos de inscripción ante la IGJ. Si estás evaluando un aumento de capital en tu sociedad, una consulta previa permite confirmar qué actos y tipos societarios trabaja el estudio, ordenar los pasos y anticipar la documentación necesaria antes de iniciar la inscripción.

Alcance y actualización de esta respuesta

Esta página ofrece información general y no constituye asesoramiento para un caso concreto. Los requisitos, las mayorías, las formas de instrumentación y los tiempos de inscripción pueden variar según el tipo societario, la redacción vigente del estatuto o contrato, la documentación disponible, la fecha y la jurisdicción, así como la operatoria registral de la IGJ, que se encuentra en proceso de digitalización. Conviene verificar la vigencia de las normas y de los requisitos antes de tomar decisiones. Contenido revisado al 20 de agosto de 2026.

Referencias

Fuentes oficiales vinculadas

La normativa y los procedimientos pueden modificarse. Estas referencias deben revisarse junto con la fecha, la jurisdicción y la documentación del caso.

Próximo paso

Contanos el tipo societario y el acto para revisar el aumento de capital.

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